Aprendiendo a multiplicarme como mamá de mis mellizas

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martes, 18 de noviembre de 2014

Baja por Maternidad - Partos Múltiples

Baja por maternidad en partos múltiples

Una de las muchas preguntas que se hacen unos padres cuando van a tener a su bebe es, ¿qué baja por maternidad nos corresponde? Si esta pregunta ya es difícil de responder, imaginaros en el caso de, ¿qué baja por maternidad nos corresponde por parto múltiple?

No hay que tener miedo a esta pregunta; estamos aquí para ayudaros y vamos a tratar de responderla lo más sencillamente posible.


Permiso por Maternidad.

Para un solo bebe, la baja por maternidad son 16 semanas. Para el caso de parto múltiple, estas 16 semanas son ampliables en 2 semanas más por cada hijo a partir del segundo. Es decir, tendríamos 18 semanas.

La ley contempla que de estas 16 semanas, 6 son de reposo absoluto y el resto se pueden convertir en 10 semanas, por ejemplo, a media jornada, previo acuerdo con la empresa. Tanto la madre como el padre pueden acogerse a este régimen.

Una cosa es la baja por maternidad y, otra distinta, es la prestación por maternidad, el cual ofreceremos más información en otro articulo (como calcularla, quien tiene derecho a ella, etc.)

Hijos prematuros e ingreso del bebe.

Una vez trascurridas las seis primeras semanas antes indicadas, si el pequeño en caso de ser prematuro sigue ingresado, los padres pueden suspender el resto de disfrute de la baja y reanudarla desde la fecha del alta.

Si la hospitalización tiene una duración superior a 7 días, se ampliará el permiso en los días en los que el neonato permanezca ingresado, con un máximo de 13 semanas.

Permiso y disfrute de la maternidad por el Padre.

Desde 2007, los padres también tiene derecho al disfrute del permiso por paternidad. El mismo tiene una duración de 13 días, ampliable en dos días más por cada hijo a partir del segundo.

Este permiso puede disfrutarse a jornada parcial siempre y cuando se llegue a un acuerdo con el empresario y es compatible e independiente del disfrute compartido de los periodos de descanso por maternidad.

El periodo de descanso (excluyendo las primeras 6 semanas que son obligatorias para la madre) puede ser disfrutado por el padre.

Hemos podido ver, a modo resumen, la situación típica que se puede dar. Este tema es bastante más amplio (adopción, minusvalía, fallecimiento…), por ello, antes de confirmar que nos corresponde, os invita a leerse los artículos de la Ley.




Un saludo,

2 comentarios:

  1. Ohh. Me parece tan tan poco...Yo tengo mellizas y en 15 días tengo que volver al trabajo...Y la lactancia materna (pecho)?? Bueno en Argentina es igual la licencia. Incluso sólo dos semanas más por tener múltiples me parece poquísimo. Volver a trabajar con lo que cuesta dormir!!! Jaja.
    Cariños desde Argentina.

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  2. Ohh. Me parece tan tan poco...Yo tengo mellizas y en 15 días tengo que volver al trabajo...Y la lactancia materna (pecho)?? Bueno en Argentina es igual la licencia. Incluso sólo dos semanas más por tener múltiples me parece poquísimo. Volver a trabajar con lo que cuesta dormir!!! Jaja.
    Cariños desde Argentina.

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