Aprendiendo a multiplicarme como mamá de mis mellizas

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jueves, 20 de noviembre de 2014

¿Cómo calcular la prestación económica por maternidad?

¿Cómo calcular la prestación económica por maternidad?


Hoy vamos a ver como, a pesar de las leyes y demás, el calculo de la prestación por maternidad no debe resultarnos muy compleja. En resumen, lo que vamos a cobrar por nuestra baja de maternidad.


En el mensaje anterior pudimos ver y entender un poco lo que supone, en cuanto a descaso se refiere, la baja por maternidad. (Ver)

Antes que nada vamos a comenzar con los requisitos que debemos de cumplir para optar a ella:

1.     Estar afiliados y en alta o en situación asimilada de alta.
2.     Tener cubierto un periodo mínimo de cotización.

Menos de 21 años
Sin mínimo de cotización


Entre 21 y 26 años
90 días cotizados dentro de los últimos 7 años inmediatamente anteriores al momento del descaso, acreditando 180 días a lo largo de la vida laboral anterior a esta última fecha.


Mayor de 26 años
180 días cotizados dentro de los últimos 7 años inmediatamente anteriores al momento del descaso, acreditando 360 días a lo largo de la vida laboral anterior a esta última fecha.

Consideramos la edad que tenga la madre en el inicio del descanso. Para la cotización mínima tomamos como referencia el momento del parto.

Vamos a partir de la base de que, como madre de mellizas, me encuentro en la situación de las 18 semanas. (16 más 2)

Ahora vamos a proceder a conocer los conceptos necesarios para el calculo de la prestación económica.

La regla general nos dice que la base reguladora será la equivalente a la que esté establecida para la prestación por Incapacidad Temporal derivada de contingencias comunes, tomando como referencia la fecha del inicio del descanso. Esta base reguladora será del 100%.

Nosotros vamos a partir de nuestro caso, Para ver que pasa con trabajadores a tiempo parcial, contratos para la formación, etc. Os invito a pinchar en el siguiente enlace. (Ver)

Llega el momento del coger la calculadora. Para ello tomamos como referencia la nomina del mes anterior a la baja.

1.     Tomamos la base por contingencias comunes (la podemos encontrar en el pie de la nomina, siendo esta la suma de la remuneración bruta mensual más la prorrata de pagas extraordinarias) y lo dividimos por los días trabajados.
2.     Una vez tenemos la base diaria, la multiplicamos por 7 días de la semana.
3.     Una vez conociendo la cantidad económica semanal, lo multiplicamos por las 18 semanas.
4.     Ya dividimos por mes y listo, tenemos lo que vamos a cobrar de forma mensual durante esta baja por maternidad.

Hay que tener cuidado, como explicaba en este otro mensaje, con el tema de las retenciones de IRPF, ya que si no indicamos la retención y nos retienen lo mínimo, luego hacienda nos pedirá su devolución. Aspecto muy a tener en cuenta el primer año. Si queréis información para saber como calcular el % que nos correspondería retener, no dudéis en consultarme y os ayudaré en lo posible.

Vamos a ver un ejemplo para poner en practica la teoría que hemos visto:

Una madre trabajadora de 29 años de edad que trabaja a jornada completa, dando a luz a sus mellizas el 29 de Agosto. La base de cotización del mes anterior a cogerse la baja fue de 2200,00 euros por contingencias comunes.

Si dividimos esto por 30 días de la nomina, tenemos una base reguladora diaria de 73,30 euros (recordar que es el 100%).

Esta base reguladora, por 7 días y por 18 semanas, nos sale un importe de 9235,80 euros.

Simplemente dividiendo, obtenemos nuestra “nomina” mensual que nos ingresará la Seguridad Social mientras estemos de baja por maternidad.


Como he dicho, esto es mucho mas amplio y hay mucha información en la ley, la cual deberemos de mirar para cada caso. Esto es un caso de forma general, el cual puede ayudaros bastante y, por lo menos, que sirva de orientación y podamos tener alguna idea de su funcionamiento.


Un saludo.

martes, 18 de noviembre de 2014

Baja por Maternidad - Partos Múltiples

Baja por maternidad en partos múltiples

Una de las muchas preguntas que se hacen unos padres cuando van a tener a su bebe es, ¿qué baja por maternidad nos corresponde? Si esta pregunta ya es difícil de responder, imaginaros en el caso de, ¿qué baja por maternidad nos corresponde por parto múltiple?

No hay que tener miedo a esta pregunta; estamos aquí para ayudaros y vamos a tratar de responderla lo más sencillamente posible.


Permiso por Maternidad.

Para un solo bebe, la baja por maternidad son 16 semanas. Para el caso de parto múltiple, estas 16 semanas son ampliables en 2 semanas más por cada hijo a partir del segundo. Es decir, tendríamos 18 semanas.

La ley contempla que de estas 16 semanas, 6 son de reposo absoluto y el resto se pueden convertir en 10 semanas, por ejemplo, a media jornada, previo acuerdo con la empresa. Tanto la madre como el padre pueden acogerse a este régimen.

Una cosa es la baja por maternidad y, otra distinta, es la prestación por maternidad, el cual ofreceremos más información en otro articulo (como calcularla, quien tiene derecho a ella, etc.)

Hijos prematuros e ingreso del bebe.

Una vez trascurridas las seis primeras semanas antes indicadas, si el pequeño en caso de ser prematuro sigue ingresado, los padres pueden suspender el resto de disfrute de la baja y reanudarla desde la fecha del alta.

Si la hospitalización tiene una duración superior a 7 días, se ampliará el permiso en los días en los que el neonato permanezca ingresado, con un máximo de 13 semanas.

Permiso y disfrute de la maternidad por el Padre.

Desde 2007, los padres también tiene derecho al disfrute del permiso por paternidad. El mismo tiene una duración de 13 días, ampliable en dos días más por cada hijo a partir del segundo.

Este permiso puede disfrutarse a jornada parcial siempre y cuando se llegue a un acuerdo con el empresario y es compatible e independiente del disfrute compartido de los periodos de descanso por maternidad.

El periodo de descanso (excluyendo las primeras 6 semanas que son obligatorias para la madre) puede ser disfrutado por el padre.

Hemos podido ver, a modo resumen, la situación típica que se puede dar. Este tema es bastante más amplio (adopción, minusvalía, fallecimiento…), por ello, antes de confirmar que nos corresponde, os invita a leerse los artículos de la Ley.




Un saludo,

domingo, 16 de noviembre de 2014

Vómitos en Bebes

VÓMITOS EN BEBES

Siento mucho el retraso en escribir pero llevo un par de semanas en el trabajo muy intensas y me ha sido imposible sacar un hueco para el blog.
Tenía muchas ganas de contaros esto, por si alguien se encuentra en esta misma situación y al igual que hice yo en su día, recurre a internet en busca de la experiencia de otros padres que hayan pasado por lo mismo, porque el ver vomitar a un bebe y más cuando son tan pequeñitos, es muy difícil. Os adelanto ya que todo termino bien.

Esta fue mi experiencia:

Tuve la suerte de que mis pequeñas que nacieron sin ninguna complicación. Fue por cesárea a las 37 + 5 semanas, pesaron 2, 260 Kg y 2, 370 Kg por lo que no tuvieron que ir a la incubadora. De hecho, ¡¡Las subieron a la habitación antes que a mi!!
 Las niñas evolucionaron muy bien por lo que a los tres días me dieron el alta y pudimos irnos junto con papa, los cuatro para casa.

Pero a los 10 días de nacer, Julia vomito dos veces y tuve que correr para urgencias.
La pediatra me dijo que si las niñas tenían fiebre o vomitaban que me fuera para urgencias porque al ser tan pequeñitas había riesgo de deshidratación y de complicaciones.

La primera toma que vomito lo hizo como por fases, pero la segunda fue un caño de leche. Os lo describo con detalles porque al menos a mí casi me da un infarto al ver como una niña tan pequeñita echaba tal cantidad de leche por la boca y con tanta fuerza, pero luego me explicaron que no debía preocuparme, que los bebes vomitan de esa manera.

Así que dejamos a Elena en casa con la abuela (que por esos días se estaba quedando con nosotros para ayudarnos) y mi marido y yo fuimos con Julia a urgencias.

Primer error: Dejar a Elena en casa. Ahora os explico el porqué.

Al llegar a urgencias la pincharon para mirarle la glucosa (que no estaba especialmente baja), le hicieron un cultivo de orina, exploración completa y la dejaron ingresada en observación unas 14 horas. En observación sólo podía estar una persona por lo que mi marido tuvo que irse para casa y esperar. Julia dejo de vomitar y me dijeron que la siguiera observando y que si vomitaba de nuevo más de 3 tomas seguidas que regresara al hospital.

¿Qué pasó con Elena? Ella fue la que paso la peor noche y eso que a ella no le pasaba nada. Días antes tuve la precaución de sacarme leche y congelarla (os explico como lo hacía en este post ) por si algún día la necesitaba. Ese día llegó antes de lo que pensé. Mi madre descongeló la leche, se la dio en un bibi y fue capaz de saciar el hambre, pero no la necesidad de consuelo que sólo una madre puede darle a un bebe con 10 días. Al menos, llegamos a esa conclusión de que lloraba porque me echaba de menos, porque sólo consiguió dormirse por agotamiento y cada vez que se despertaba se pasaba llorando todo el tiempo hasta que se volvía a dormir y así hasta que yo regresé a casa.

Fue entrar por la puerta, agarrarse a mi pecho y quedarse dormida, una vez terminó de comer, en cuestión de segundos.

Los vómitos se siguieron repitiendo a lo largo de los días aunque con menor frecuencia y casi nunca varias veces seguidas (aunque alguna hubo y tuvimos que regresar al hospital) y en las dos niñas (¿Os podéis imaginar lo que es tener dos bebes de días y que ambas vomitan? Prefiero no recordarlo…) pero según me dijeron los digestivos pediátricos que las vieron, no tenía de que preocuparme, hay niños que vomitan con más facilidad que otros (al igual que los adultos) y mis niñas eran, según las llamaron ellos, “de vómito fácil”.

Por suerte, con el paso de los meses, los vómitos disminuyeron su frecuencia hasta que desaparecieron.

¡¡Cuantas lavadoras tuve que poner en los primeros meses!!

Espero que nadie tenga que pasar por lo mismo, pero si es vuestro caso y por si os sirve, aquí tenéis mi experiencia.





domingo, 2 de noviembre de 2014

Declaración de la Renta cuando se tienen mellizos


Aspectos a tener en cuenta de la declaración de la renta cuando se tienen mellizos.


A la hora de hacer la declaración de la renta para unos padres que han tenido mellizos (también valido para padres de un solo bebe), debemos de tener en cuenta varios aspectos.

 1.-    Datos Fiscales.

Lo principal es revisar todos los datos fiscales antes de aceptar el borrador. Aunque Hacienda cruza muchos datos con distintas administraciones, no se entiende porque no aparece automáticamente reflejado el número de hijos y la fecha de nacimiento de los mimos. No basta con registrar a los pequeños en el momento de su nacimiento.

Una vez incluidos el mínimo personal y familiar del contribuyente cambiará, por lo que el resultado de su declaración será totalmente distinto.

 2.-  Deducción por Madre Trabajadora.

Otro aspecto a tener muy en cuenta es la deducción de maternidad por madre trabajadora que ofrece Hacienda.

Esta deducción se hace realmente de dos modos: aplicándola en la Declaración de la Renta (casilla 756), o percibiéndola mes a mes a razón de 100 euros por bebe y, cuando llega la declaración se incluye como un ingreso (casilla 757) y se aplica deducción por el mismo importe (casilla 756). En muchas ocasiones, a las madres que optan por recibirla mes a mes, se la computan como ingreso pero no como deducción, por lo que para hacienda has ingresado más dinero sin deducción.

Para este caso, debéis de observar que en la casilla 756 aparezca el importe en positivo y en la casilla 757 el mismo importe en negativo. Mucho cuidado con esto.

 3.- Deducciones autonómicas. Andalucía.

En nuestra comunidad la Junta de Andalucía permite una deducción de 50,00 euros para beneficiarios de ayudas familiares en aplicación de la normativa de la comunidad autonómica. Es decir, si has solicitado la ayuda por parto múltiple en Andalucía y te la han rechazado, no podrás solicitar esta deducción.

3.1.- Por cada hijo menor de 3 años, 50,00 euros. Como requisitos debes tener derecho a percibir ayudas económicas por hijo menor de 3 años en el momento de un nuevo nacimiento.

3.2. Por cada hijo en parto múltiple, 50,00 euros. El requisito principal es tener derecho a percibir ayudas económicas por parto múltiple.
Requisitos comunes:

Podrán aplicar estas deducciones aquellos contribuyentes respecto de los cuales los ingresos anuales de la unidad familiar (BI general y BI ahorro) no excedan de 11 veces el Salario Mínimo Interprofesional (85.179,60 euros).

Cuando sean dos los contribuyentes que tengan derecho a la aplicación de estas deducciones, su importe se distribuirá́ por partes iguales.

 4.-Ingresos a cuenta de la declaración.

IRPF. Otro aspecto a tener muy en cuenta son las retenciones que nos practican a cuenta del IRPF en las prestaciones por maternidad que nos ofrece la Seguridad Social.

Una vez solicitada la prestaciones debemos indicar que nos retengan, ya que si no lo hacen, luego llegará la sorpresa en la declaración de la renta y lo que no hemos pagado mensualmente, lo deberemos de pagar de golpe.

Se considera renta del trabajo y viene a sustituir la nómina de la empresa mientras estas de baja, al igual que las “bajas de enfermedad”, aunque, lógicamente, no es una enfermedad, es una bendición. No esta exenta de retención.


Para finalizar os recomiendo que, el primer año, hagáis los cálculos para saber si os conviene más hacer la declaración conjunta o separada.

Así mismo no dudéis en acudir a la Agencia Tributaría para hacerla allí; os evitará muchos quebraderos de cabeza.

Al recibir las ayudas, y la maternidad, os encontrareis de golpe con mucho dinero, pero, pensar en todo esto si no queréis llevaros sorpresas. Para que os hagáis una idea de lo que supone cambiar todo esto, una declaración de 4000 euros a pagar quedo reducida a 1800 a pagar (se cometió el error de las retenciones y eso no había vuelta atrás).

Desconozco si existen más deducciones pero, si sabéis de alguna más, no dudéis en contactar para hacérnoslo saber y modificar y ampliar esta información.

Otra información que puede resultar de interés:

Ayudas y Subvenciones de Mellizos - http://dosprincesasparamama.blogspot.com.es/2014/09/ayudas-y-subvenciones-por-parto-multiple.html